miércoles, 22 de septiembre de 2010

Consejos de Consulta: Ausentismo al Voto

Porque votar y por quién votar?

Porque la conciencia democrática nos impone coger el voto, marcar el candidato, depositar en el ánfora y esperar los resultados. Esperar los resultados de ser ganadores con nuestra preferencia que se sustenta en la capacidad de conocer las cualidades del candidato; de saber de la capacidad intelectual de proponer las normas a seguir, habilidad social de saber comprender las necesidades de los electores, integridad moral que nos enorgullece por haberlo elegido y sobre todo estamos seguros que nuestro voto es válido en la medida que trabajará para la comunidad peruana de la cual es miembro integrante.

Que importancia tienen los Consejos de Consulta?

A la evidencia de los últimos acontecimientos la respuesta parece clara y evidente es Ninguna. Porque a la luz de la RM 1414/RE. 09.12.2008, la misma que permitió apagar los sentimientos democráticos de crecimiento de una conciencia ciudadana, de participar de menos a más en los procesos electorales concejales; más bien ha servido como un chorro de agua para apagar el incendio o mejor dicho las contradicciones que se daban en relación Consejos de Consulta – Consulados; exigencia de derechos verso cumplimiento de deberes. Para ese entonces el Sr. Ministro firma la resolución con la exigencia del 5% necesario sólo para la elección del Comité Electoral. De esta manera los Consejos de Consulta fenecen y uno que otro ciudadano de buena voluntad con la autorepresentación siguen en la propuesta o mejor dicho buscan una respuesta que llega con la Ley de Creación de los Consejos de Consulta N°- 29495 del 22.12.2009. Y su reglamento del 26 de abril del 2010. Cuando los peruanos en el exterior tienen otras prioridades y otras perspectivas.

Ninguna parece una afirmación exagerada. Sin embargo los hechos lo demuestran. En Turín se han convocado las elecciones para el 4 de setiembre con el mínimo de 92 electores, se presentaron 65, en Roma se convoca para el 5 de setiembre con los votos mínimos requeridos de 158, se presentaron 98; en la misma fecha se convoca en Génova con el mínimo de 34, se presentaron 23. En Milán el 19 de setiembre con la presencia necesaria de 389 electores, se presentaron 72. Queda Florencia para el 26 de setiembre con la presencia mínima de 47 electores. Como observamos la realidad que sea carente o mejor dicho de una total ausencia de electores era ya previsto; causas y razones? es posible que los candidatos participantes tengan una respuesta.

Las evidencias nos muestran una total catástrofe, porque la Ley de Consejos de Consulta, es poco, o nada creíble. Es una muestra de la distancia abismal entre la ley y la realidad, como la distancia entre Perú e Italia. Es la inexistente relación entre Ministerio de Relaciones exteriores o Secretarias con la participación ciudadana en el exterior. Es no tomar en consideración o la importancia debida a los ciudadanos peruanos en el extranjero. La Ley y el reglamento ignoran a propósito una organización interna del Consejo conformada como mínimo del presidente y secretario. Pero más allá visto del punto de vista de tiempo y economía, vale la redundancia ha sido una perdida de tiempo y dinero en discusiones y debates en el parlamento de la República. Cuanto nos cuesta esta Ley?, por el momento lo ignoramos lo que vemos es la realidad que no dado un mínimo de resultado positivo. Y como esta ley existirán muchas sin lugar a dudas, que no justifican la representación nuestra otorgada a través del voto ciudadano.

Es diferente ser legislador o ministro si en la vida nunca han tenido una experiencia migratoria, los datos de migración se tiene en el escritorio y las necesidades a quien le importa; la ley no toma en consideración la opinión y menos la participación de los inmigrantes en su diseño; se hace para los inmigrantes, porque se pretende consejos serviles y dependientes. Se desconoce las colas en los consulados por la actualización del pasaporte y otros documentos; de la ilegalidad que se vive cuando se pierde el permiso de soggiorno, de los importes económicos que pagamos a diario en los consulados; en conclusión de la problemática de los ciudadanos peruanos en el exterior.

Los consejos de Consulta han podido contribuir a crear una conciencia de participación ciudadana; pero para esto era necesario dotarles de instrumentos jurídicos validos reconocidos no solo por los Consulados si no también por el país de residencia. Y no una ley de defunción de los Consejos de Consulta de La Comunidad peruana en el Mundo. Se espera un cambio en el parlamento y no falta mucho; es aquí ciudadano peruano donde tu voto marca la diferencia.

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